En perspectiva con Natalia Bonilla

Periodista. Productora.Journalist. Producer.

Patrones judiciales en Brasil

Por Natalia A. Bonilla Berríos / Columna radial para Periodismo Libre

“El anonimato es el refugio de los cobardes”.

Esa frase de César Marqués de Beccaria es utilizada a menudo por el periodista brasileño Carlos Santos.  Con 24 años de carrera, el profesional independiente establecido en el pueblo Mossoro, en el estado de Rio Grande del Sur pagó un muy alto precio por los comentarios publicados en su blog.

En el mes de febrero, fue ordenado por la Corte Federal a retribuir 6,000 reales a organizaciones benéficas por haber difundido tres comentarios, sobre la alcaldesa de la localidad Fátima Rosado, que fueron señalados como difamatorios en el juicio.

Según la Real Academia Española, difamar significa y cito: “desacreditar a alguien, de palabra o por escrito, publicando algo contra su buena opinión o fama”. Utilizando esta base, podemos concluir que las declaraciones de Santos cruzaban la delgada línea entre la opinión periodística y la malintencionada. De acuerdo a estas expresiones, la alcaldesa y cito a Santos, “pagó el precio por su falta de preparación” y “está empecinada con los tranquilizantes y en gran medida está destinada a la vida solitaria”, cierro cita.

La juez Welma María Ferreira de Menezes, del Tribunal Penal Especial en Mossley (Río Grande do Norte), determinó que estas y otras manifestaciones sí eran ofensivas. Santos debería cumplir la sentencia de un mes y diez días en detención y hacer la donación monetaria, anteriormente expuesta.

Sin embargo, el pasado 24 de febrero en entrevista con la organización Reporteros Sin Fronteras, el periodista aclaró que aún quedaban pendientes 27 demandas y nueve órdenes de arrestos en su contra por haber aparentemente difamado a oficiales políticos de su localidad. Santos, quien ha sido convicto anteriormente en tres ocasiones, dijo en la entrevista y cito: “imponer una penalidad de cárcel a los reporteros es una ofensa que viola la constitución democrática del 1988, la cual garantiza libertad de expresión en todas sus formas. Es indignante que algunas cortes continúen imputando estas sentencias en casos de difamación o para infligir una censura preventiva a los medios de comunicación”, cierro cita.

El caso de este comunicador brasileño nos pone a reflexionar en torno a si él está ejerciendo debidamente su oficio o si el sistema judicial de este país está creando un patrón de penalidades contra periodistas con demandas similares.

A partir del 13 de noviembre de 2009 los blogueros Enock Vanhoni y Andrea Cavalcanti no pueden opinar sobre las 140 acciones legales que aún lidian en los tribunales por haber escrito en contra del Presidente de la Asamblea Legislativa de Mato Grosso, José Riva. De igual forma, el 31 de julio de ese mismo año el diario O Estado tuvo que acatar la orden de no divulgar información alguna sobre la Operación Barrica Boi en la cual las autoridades investigaban al hijo del Presidente del Senado Federal, José Sarney.

En el 2011, aparte de la sentencia de Santos, este febrero un juez del estado norteño Pará prohibió al editor del periódico bisemanal Lucio Flavio Pinto publicar cualquier información sobre varios fraudes por fax que las autoridades gubernamentales estaban investigando. Una de las pesquisas principales está dirigida a la empresa O Liberal, dueña de numerosos rotativos regionales.

Pareciera que tanto los políticos como los empresarios están acudiendo a la Corte para defender algo más que su reputación: sus intereses. Si los periodistas o medios de comunicación publican comentarios o noticias no favorables sobre sus personas o sus negocios, recurren a las demandas como mecanismos de intimidación y de persuasión. De castigo pues, como si la libertad de expresión no existiese como cláusula en su constitución.

Esta situación poner en duda la transparencia de un sistema judicial que en repetidas ocasiones limita o detiene la labor periodística por encontrarla ofensiva o entrometida.  Estas acciones no deberían dosificar el carácter de la prensa brasileña, no deberían restringir su derecho a la libertad de expresión e información.   Cabe destacar que en Puerto Rico ya no existe la criminalización por difamación. Contrario a Brasil, este delito fue eliminado de nuestro Código Penal y el Centro para la Libertad de Prensa en Puerto Rico al igual que otros organismos mediáticos ejercieron presión a la Legislatura para que así fuera.

Desde el día que Santos fue sentenciado, no ha dejado de recibir amenazas y comentarios negativos en su blog. La mayoría de ellos, anónimos. Por tal razón invitó en una carta abierta a preservar el respeto y además dijo y cito: “a la no toma de un arma como el anonimato, dado que esta sí es una máscara de cobardes”, cierro cita. Quién sabe si también esta frase aplica a los partidos políticos o a las compañías que mueven sus fichas para frenar el descubrimiento de mentiras…

Periodismo Libre es un programa radial del Centro para la Libertad de Prensa en Puerto Rico.

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Esta entrada fue publicada en marzo 20, 2011 por en Columna, Periodismo Libre y etiquetada con , , .

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